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• USUARIOS DE MEDIOS

¿En qué podemos ayudarte?

Somos el Departamento encargado de la gestión del cobro a los medios de comunicación de los Derechos de nuestros Intérpretes musicales y Productores fonográficos.

Si perteneces a una radio, un circuito cerrado de TV, un canal de TV o una empresa de música ambiental, aquí encontrarás información relacionada al pago por la difusión pública que realizan, los formularios para descargar y las vías de contacto.

Te invitamos a acercarnos tus dudas, comentarios o pedidos. Así, entre todos, seguiremos colaborando con la preservación de los derechos de nuestros generadores de la cultura musical.

• MEDIOS DE COMUNICACION: TARIFAS Y ALICUOTAS VIGENTES

En concepto de pago de las retribuciones correspondientes a los interpretes, artistas y a los productores de fonogramas, devengadas por la comunicación publica de sus obras e interpretaciones grabadas en fonogramas y videogramas difundidos por medio directos e indirectos.

Hay que tener en cuenta que la música no es de uso gratuito, ya que pertenece a sus creadores y no es de dominio público. La obligación de abonar una contraprestación por su utilización surge del justo derecho a la percepción de una retribución que merece el trabajo intelectual de los artistas y los autores.

Las facultades de la Entidad para gestionar las retribuciones surgen del Decreto 1671/74 del Poder Ejecutivo Nacional que reglamenta la Ley 11.723 (denominada de Propiedad intelectual).

El monto a abonar se encuentra establecido en la Resolución 390/05 en su inciso 24 Clase (B) Radioemisoras comerciales (por ejemplo). Y dependiendo de la potencia y/o categoría de la radioemisora surge el porcentual y el arancel mínimo. De éstos últimos abonará el mayor valor, es decir, entre el arancel que surja aplicando la alícuota y el arancel mínimo comercial vigente.

Para determinar la deuda es necesario que se informe la potencia, la facturación y la fecha en que salio la emisora al aire, (comercialmente máximo 60 meses).

Tanto el pago de aranceles, como la cancelación de la deuda se puede realizar a través de un cobrador de la región o enviando pagos a la entidad ya sea por depósitos, cheques, transferencias o acercándose a nuestras oficinas regionales.

La obligación de pago surge por el hecho de que se encuentra difundiendo música independientemente que tenga o no ingresos la emisora. En el caso de no tener facturación por publicidad y/o venta de espacios deberá pagar el arancel mensual vigente.

Por favor, siga este link e ingrese el número de ID que encontrará en la Tarjeta identificatoria del representante.

• Categorías según Tipo de Emisora

Para especificar las categorías de las radioemisoras se tuvo en cuenta la tabla de la CNC (Comisión Nacional de Comunicaciones), la cual es similar a la que figura en la página de ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones)

La TV digital abierta se calcula según Resolución AFSCA 1465/2011.

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